En febrero de 2020, Chile introdujo una reforma fiscal que incluía el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19% para los servicios digitales prestados por proveedores extranjeros. Esta nueva normativa ha creado una serie de desafíos para los contribuyentes, ya que ahora deben cumplir con las obligaciones fiscales establecidas por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Los contribuyentes sin domicilio o residencia en Chile que prestan servicios digitales a personas y entidades jurídicas que no son contribuyentes del IVA deben registrarse como tales y emitir facturas electrónicas. Estas facturas electrónicas deben cumplir con los requisitos técnicos establecidos por el SII, lo que significa que los contribuyentes deben tener un sistema informático adecuado para generar y enviar facturas electrónicas. Además, el SII exige que todos los contribuyentes mantengan un archivo electrónico por contribuyente y emitan facturas electrónicas obligatorias.
Las criptomonedas no están sujetas al IVA chileno, pero los contribuyentes que compren y vendan criptomonedas tendrán que presentar declaraciones fiscales anualmente. El SII también ha emitido recientemente una resolución sobre la retención del IVA para los servicios digitales prestados por proveedores extranjeros a consumidores chilenos. Esta resolución establece nuevas reglas para la retención del IVA en pagos hechos a proveedores extranjeros de servicios digitales.
La nueva normativa sobre impuestos a los servicios digitales en Chile ha creado desafíos significativos para los contribuyentes. Los contribuyentes deben estar familiarizados con las obligaciones fiscales relacionadas con la facturación electrónica, así como con las nuevas reglas de retención del IVA para los pagos realizados a proveedores extranjeros de servicios digitales.